INCAPACIDAD PERMANENTE Y DESEMPLEO
INCAPACIDAD PERMANENTE |
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FINALIDAD |
CUBRE |
REQUISITOS |
CONSISTE EN: |
Prestación
económica que se abona al trabajador, que después de haber seguido el
tratamiento prescrito, presenta reducciones anatómica o funcionales graves
que disminuyen o anulan su capacidad laboral, siempre que la disminución de
la capacidad sea superior al 33 % de los diversos grados que establece la Ley
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Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual |
Puede ejercer su profesión habitual con un rendimiento inferior |
Percepción de un subsidio, correspondiente a 24 mensualidades de la BR. Se abona una sola vez |
Incapacidad
permanente total para la profesión habitual
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No puede
realizar su profesión pero sí otras
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Percibir una pensión vitalicia mensual del 55% de la BR
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Incapacidad permanente absoluta |
Incapacitado para cualquier tipo de profesión |
Percibir una pensión vitalicia mensual del 100% de la BR |
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Gran invalidez |
Necesita de la ayuda de una personal en la vida diaria |
Percibir una pensión vitalicia mensual del 150% BR |
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DESEMPLEO |
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FINALIDAD |
CUBRE |
REQUISITOS |
CONSISTE EN: |
En la modalidad contributiva, prestación económica para la persona que se encuentra en situación de parado o de reducción de la jornada |
Desempleo
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Haber trabajado por cuenta ajena.
Haber
cotizado un mínimo de 12 meses en los 6 años anteriores
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Percibir una remuneración mensual del 70% BR los primeros 180 días y del 60% a partir del día 181. La duración depende del tiempo cotizado. |
Nivel asistencial. Prolongación de la
prestación por desempleo. Se concede a quienes en situaciones de paro, carecen
de rentas superiores al SMI
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Estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes.
No tener
derecho a prestación por desempleo o haberla agotado
Rentas no
superiores al 75% SMI
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A percibir
un subsidio del 75% del SMI, no se incluye la parte proporcional de las pagas
extras
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